Para ejercer los derechos sexuales y reproductivos el Estado debe garantizar, respetar y proteger con leyes y políticas públicas, los derechos humanos de todas las personas. Además es imprescindible que se difunda y asegure la universalidad e integralidad de la educación sexual y los servicios de salud sexual y reproductiva para mejorar la calidad de atención y acceso a las prestaciones.
Para hacer esto posible el Estado debe:
• Favorecer y generar condiciones que permitan el ejercicio de estos derechos por parte de todas las personas en condiciones de igualdad y justicia social y de género.
• Articular los programas y acciones llevadas adelante desde los diversos ministerios, instituciones de salud y educación y desde las organizaciones de la sociedad civil con el cometido de asegurar la promoción y el ejercicio de estos derechos por parte de la ciudadanía.
• Fortalecer un eficiente sistema de registro sobre el estado de situación de la salud y los DSR, construyendo los indicadores necesarios que permitan evaluar procesos y resultados con el objetivo de adaptar y mejorar las respuestas ante problemas y vacíos detectados.
• Capacitar de forma permanente los recursos humanos involucrados en los distintos servicios para mejorar su competencia y capacidad de comunicación y de escucha, de manera que estén en condiciones de brindar una atención respetuosa, confidencial y de calidad.
Esta sección contiene la responsabilidad del Estado en materia de derechos sexuales y reproductivos e incluye las leyes promulgadas en este campo.
Por otra parte en el entendido de que se debe mejorar la difusión y la información sobre los servicios de salud sexual y reproductiva (SSR), se incorpora un apartado con la descripción de los mismos.
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