La Ley Nº 17.514 del año 2002 sirve como ley marco en materia de violencia basada en género en el país. La ley define la violencia doméstica como “toda acción u omisión, directa o indirecta, que por cualquier medio menoscabe, limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos humanos de una persona, causada por otra con la cual tenga o haya tenido una relación de noviazgo o con la cual tenga o haya tenido una relación afectiva basada en la cohabitación y originada por parentesco, por matrimonio o por unión de hecho” e identifica cuatro tipos de violencia: física, psicológica o emocional, sexual y patrimonial.

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Esta ley se encuentra reglamentada por los Decretos N° 494/006 y N° 111/015.