El artículo 6 del Decreto Nº 383/010 establece que se incorporarán “a los Programas Integrales de Salud y al Catálogo de Prestaciones de Salud, como prestación obligatoria a la Vasectomía y a la Ligadura Tubaria por vía Laparoscópica. Dichas prestaciones no darán derecho al cobro de tasa moderadora”.

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